viernes, 12 de agosto de 2022

LUDMILA GALVAN S/ FILIACION

 

DEMANDA FILIACIÓN EXTRAMATRIMONIAL

 

Señor Juez:

LUDMILA MICAELA GALVAN, DNI 41521709, argentina, soltera, mayor de edad, empleada, con domicilio en calle PEDERNERA 03, BARRIO MULLER y constituyéndolo a efectos procesales en calle Ayacucho 337 ambos de esta ciudad de Córdoba, en representación de mi hijo menor de edad LAUTARO BENJAMÍN GALVAN, DNI 58978810, con idéntico domicilio al de la compareciente, ambos con el patrocinio letrado del ab. Julio Gorosito (1-37348) ante S.S. comparece y dice:

I.- OBJETO

Que vengo por la presente y en representación de mi hijo Lautaro Benjamín Galván, a promover formal demanda de filiación extramatrimonial en contra del Señor HERNAN EMANUEL HONORES, DNI 38410433, con domicilio real en PJE NONZACATE 1011 - B° GENERAL BUSTOS de esta ciudad, por los hechos y el derecho que paso a exponer.

II.- BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS

Que hago presente que en el día de la fecha se ha instado por ante esta Dependencia, formal pedido de Beneficio de Litigar Sin Gastos que deberá considerarse conexo a estas actuaciones (art. 7 inc. 1 CPCC), por lo que, previa certificación de Secretaría, corresponde dársele trámite a la presente sin más.-

III.- ACREDITA CUMPLIMIENTO DE ETAPA PREJURISDICCIONAL

Que conforme documental que adjunto en PDF certificado en autos GALVAN, LUDMILA MICAELA - ETAPA PRE JURISDICCIONAL – FAMILIA – EXPTE.: 10965521 tramitados por ante el CENTRO JUDICIAL DE MEDIACION - CAPITAL, se ha dado cumplimiento al recaudo previsto en los arts. 54 y 65 CPF.

IV.- VÍNCULO

Que tal como surge del acta de nacimiento que se agrega al presente en copia digital declarando bajo fe de juramento que la misma se corresponde con su original descargado del  módulo “Mi Registro Civil” del sistema “Ciudadano Digital”, soy progenitora del niño LAUTARO BENJAMÍN GALVAN, DNI 58978810, con domicilio en el de la compareciente.

VI.- HECHOS

Que aproximadamente en el año 2020 inicié una relación sentimental con el Señor Honores que se extendió hasta febrero de 2021 sin convivencia.

Que a raíz del contacto íntimo que manteníamos quedé embarazada y así se lo anoticié al Señor Honores en diciembre de 2021 quien al principio dijo que lo íbamos a tener y a los cuatro meses de eso me dijo que había que aboratarlo en esa ocasión decidimos separarnos,  al nacer Lautaro Benjamín se negó a reconocerlo.

Hasta el día de la fecha, el demandado -que conoce la existencia de nuestro hijo- no se ha hecho cargo de ninguna de las obligaciones derivadas de la relación paterno-filial.

Por los motivos expuestos, es que vengo a solicitar se decrete la filiación extramatrimonial a fin de determinar judicialmente el nexo biológico respecto del Señor Hernán Emanuel Honores y Lautaro Benjamín Galván.

VII.- PRUEBA

A.- Instrumental

1.- Las constancias de autos.

B.- Documental

1.- Partida de nacimiento del niño LAUTARO BENJAMÍN GALVAN, DNI 58978810 en su original con firma digital.

C.- Testimonial

De las siguientes personas:

1.- María Luz Juárez, DNI 43450716, con domicilio en Av. Vives 3218 de esta ciudad de Córdoba.

2.- Micaela Agustina Aguilera, DNI 43881221, con domicilio en calle José Luis Lagrange 5858, de esta ciudad de Córdoba.

3.- Débora Elizabeth Galván, DNI 38411265, con domicilio en calle Mario Bravo 1043, Barrio Acosta, de esta ciudad de Córdoba.

D.- Prueba biológica

Solicito a S.S. se oficie al Centro de Excelencia en Procesos y Productos de Córdoba (CEPROCOR) a los fines de que tan luego de recibido y previas formalidades de rigor, proceda a realizar una prueba de perfil genético (ADN), diligenciando para ello, la citación de todas las partes involucradas (actora, demandado y menor).

VIII.- DERECHO

Fundo el derecho que le asiste a mi hijo en lo dispuesto en los arts. 570, 576, 582, 544, y concordantes del Código Civil; arts. 17 y 18 del Pacto de San José de Costa Rica, jurisprudencia y doctrina aplicables al caso.

IX.- POR TODO LO EXPUESTO A S.S. PIDO:

1.- Me tenga por presentada, por parte y por constituido el domicilio.

2.- Se agregue la documentación acompañada y disponga producir la demás ofrecida.

3.- Oportunamente, se dicte sentencia que determine la filiación existente entre el Señor Hernán Emanuel Honores y Lautaro Benjamín Galván.

Provea de conformidad. POR SER JUSTICIA.-

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