domingo, 5 de mayo de 2024

CASTILLO S/DH

                        DECLARATORIA DE HEREDEROS



Sr. JUEZ 


              MARIANA JACQUELINE CASTILLO, D.N.I. Nº: 23.197.531, argentina con domicilio real en calle Joaquin Castellaño Nº: 2968, Bº: M. T. de Alvear  y fijando domicilio procesal en calle Ayacucho Nº: 373  of. 1, ambos de esta ciudad de Córdoba.


OBJETO

            I - Que vengo a iniciar la presente declaratoria de herederos de mi Sr. Padre, LUIS ALBERTO CASTILLO fallecido con fecha 14 de Abril  de 2024.

           

         II – Que mi Sr: padre contrajo matrimonio con mi  madre Sra: MODESTA RAMONA LUDUEÑA MARTINEZ,  de dicha unión matrimonial nacieron FABIAN DEL VALLE y la compareciente MARIANA JACQUELINE. Hechos que se acreditan con las partidas que se acompañan al presente. 

          III – Que conforme los vínculos invocados y acreditados se declare como  únicos y universales herederos del causante a: : MODESTA RAMONA LUDUEÑA MARTINEZ, D.N.I.: Nº: 05.720.559, FABIAN DEL VALLE CASTILLO D.N.I. Nº: 18.175.673  y MARIANA JACQUELINE CASTILLO, D.N.I. Nº: 23.197.531.


 DENUNCIA DOMICILIO


               III ( 1)-Que vengo a denunciar domicilio real de mi hermano, Fabian del Valle y de mi madre Modesta Ramona, el mismo corresponde a calle  J. Castellaño Nº: 2973 y el de la compareciente en J. Castellaño Nº: 2968, de B º: M T. de Alvear. 


ACOMPAÑA DOCUMENTAL

           IV – Que vengo a acompañar documental que acreditan los extremos expresados al punto   I: partida de defunción de mi padre.

  II: partidas de nacimiento de los hijos nacidos del matrimonio.

III: Partida de Casamiento.

Que solicito se reserven originales en Secretaria glosando copia en autos.


DERECHO

         

           - Que fundo mi derecho en lo dispuesto en los arts. 2277 y concordantes  de nuestro  Código Civil. y 654 y concordantes del CPCC.



PETITUM


Por lo expuesto solicito a S.S.:

  • Por presentado por parte y por constituido domicilio procesal.

  • Por Acompañada documentación que se menciona.

  • Ordene oportunamente la publicación de edictos.   

  • Vista al Ministerio Fiscal.

  • Por denunciado domicilio.

  • Previos trámites de ley nos declare únicos y universales herederos de los causantes.

          

POR SER JUSTICIA